Requisitos matrimonio civil en Ecuador

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    Requisitos matrimonio civil en Ecuador



    Matrimonio civil es la unión de dos personas que se contrae, formaliza e inscribe ante las autoridades civiles (registro civil, administración pública, jueces o autoridades municipales) y no ante las autoridades religiosas, ni siguiendo el rito de una religión (matrimonio religioso). El realizar el matrimonio por lo civil en cierta parte tiene un principio de protección para la nueva familia. También sabemos que en esto hay algunas responsabilidades que deben cumplir la pareja ver el uno por en otro y por ambos pero también por la protección y crianza de sus hijos. Al contraer matrimonio por lo civil quedan unidos tanto legal y económica la pareja como los hijos.

    Requisitos matrimonio civil en Ecuador
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Cédula de Ciudadanía de los contrayentes (Original y Copia legible)
    • Certificado de Votación de los contrayentes (Original y Copia legible)
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible). Nota: Pudiendo a petición de parte haber otros testigos
    • Si los contrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento
    • Si tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curaduria Especial Protocolizada
    • Si estuviere administrando bienes de los menores de edad que se encuentran bajo su patria potestad presentar Inventario Solemne de Bienes, trámite que debe ser practicado ante un Juez de lo Civil
    • En caso de no ejercer la patria potestad del menor presentar Declaración Juramentada de no tener la patria potestad, trámite que se realizara en una Notaria


    Requisitos para ecuatorianos solteros menores de edad
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Cédula de Ciudadanía de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • Certificado de Votación de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • Copia Integra de la Partida de Nacimiento del/la contrayente menor de edad (Válida por 90 días).
    • Presencia del padre, madre o persona a cuyo cargo esta la patria potestad del menor, portando su cédula de ciudadanía y certificado de votación (original y copia); si uno de los padres es fallecido presentar partida de defunción.
    • Si uno de los progenitores están inhabilitados de ejercer la patria potestad dará la autorización el tutor o curador o quien ejerza la patria potestad.
    • Presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible).
Nota: Pudiendo a petición de parte haber otros testigos.
    • Si los contrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento.
    • Si tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curaduria Especial Protocolizada.
    • Si el hijo del contrayente menor de edad tuviere bienes se presentará el nombramiento de quien administra dichos bienes, trámite que se lo practicará ante un Juez de lo Civil.
    • En caso de no ejercer la patria potestad del menor presentar Declaración Juramentada de no tener la patria potestad, trámite que se realizara en una Notaria.


    Requisitos si uno o los dos contrayentes son divorciados
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Cédula de Ciudadanía de los contrayentes, con el estado civil actualizado (Original y Copia legible).
    • Certificado de Votación de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible).Pudiendo a petición de parte haber otros testigos.
    • Partida de matrimonio con la correspondiente subinscripción de divorcio.
    • Copia certificada de la sentencia de divorcio otorgada por el Juzgado respectivo o por la Jefatura de Registro Civil, Identificación y Cedulación del lugar donde se realizó la subinscripción del divorcio, o el acta debidamente notariada que declare la disolución del vínculo matrimonial, de ser el caso.
    • Si los contrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento.
    • Si tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curaduria Especial Protocolizada.
    • Si estuviere administrando bienes de los menores de edad que se encuentran bajo su patria potestad presentar Inventario Solemne de Bienes, trámite que debe ser practicado ante un Juez de lo Civil.
    • No podrá contraer matrimonio dentro del año siguiente a la fecha en que se ejecutorió la sentencia, quien fue actor en el juicio de divorcio, si el fallo se produjo en rebeldía del cónyuge demandado. Esta prohibición no se extiende al caso de que el nuevo matrimonio se efectúe con el último cónyuge.
    • La mujer cuyo matrimonio se a disuelto por nulidad o divorcio, no podrá contraer nuevo matrimonio, sino han transcurrido por lo menos trecientos días desde la fecha en que subinscribio la sentencia en el Registro Civil, salvo que probare ante el Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación, o autoridad que celebre el matrimonio mediante certificado medico otorgado por hospital o centro de salud pública o privado, de no encontrarse embarazada; sin embargo, podrá contraer matrimonio, sin presentar certificado médico, si el nuevo matrimonio se efectuá con el último cónyuge, o si el futuro cónyuge expresa, ante la autoridad que celebra el matrimonio reconocer como suyo el hijo que esta por nacer.


    Requisitos para miembros de las FFAA
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Cédula de Ciudadanía de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • Certificado de Votación de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • Credencial del Militar (Original y Copia legible).
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible).
Nota: Pudiendo a petición de parte haber otros testigos.
    • Si los contrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento.
    • Si tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curaduria Especial Protocolizada.


    Requisitos si uno o los dos contrayentes son viudos
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Cédula de Ciudadanía de los contrayentes, con el estado civil actualizado (Original y Copia legible)
    • Certificado de Votación de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible).
Nota: Pudiendo a petición de parte haber otros testigos.
    • Si los contrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento.
    • Si tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curaduria Especial Protocolizada.
    • Si estuviere administrando bienes de los menores de edad que se encuentran bajo su patria potestad presentar Inventario Solemne de Bienes, trámite que debe ser practicado ante un Juez de lo Civil.
    • La viuda no podrá contraer nuevo matrimonio, si no han transcurrido por lo menos trescientos días desde la fecha en que falleció el marido, salvo que probare ante el Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación o autoridad que celebre el matrimonio, mediante certificado médico otorgado por hospital o centro de salud pública o privado, no encontrarse embarazada; sin embargo, podrá contraer matrimonio, sin presentar el certificado médico, si el futuro cónyuge expresa ante autoridad que celebra el matrimonio, reconocer como suyo el hijo que ésta por nacer.


    Requisitos si uno o los dos contrayentes es extranjero residente
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Cédula de Identidad del /la contrayente, (Original y Copia legible)
.
    • Pasaporte y Visa de residente, (Original y Copia legible).
    • Censo vigente, (Original y Copia legible).
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación (Original y Copia legible).
    • Nota: Pudiendo a petición de parte haber otros testigos.
    • Si los cotrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento.
    • Si los cotrayentes tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curadoria Especial Protocolizada.


    Requisitos si uno o los dos contrayentes es extranjero no residente
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Movimiento Migratorio
.
    • Permanencia legal de 75 días
.
    • Pasaporte y Visa de no inmigrante, (Original y Copia legible).
    • Certificado de nacimiento y estado civil apostillado y legalizado en la Embajada o Consulado del país de origen en el Ecuador, traducido de ser el caso.
    • En caso de que no exista embajada, consulado o representante diplomático del país de origen acreditado en el Ecuador, el Ministerio de Relaciones Exteriores certificará sobre este particular, por lo que el contrayente extranjero deberá realizar declaración juramentada ante autoridad competente, en el que indique su estado civil, nacionalidad, fecha de nacimiento y nombre y apellido de los padres.
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible).


    Requisitos para miembros de la policía en servicio activo
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Importante: Para casarse por lo civil se lo puede hacer en cualquier Jefatura del Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador
    • Cédula de Ciudadanía de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • Certificado de Votación de los contrayentes (Original y Copia legible).
    • Credencial de Policía (Original y Copia legible).
    • Autorización de matrimonio emitida por la Comandancia General o Jefe inmediato.
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible). Pudiendo a petición de parte haber otros testigos.
    • Si los contrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento.
    • Si tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curaduria Especial Protocolizada.


    Requisitos para refugiados
    • USD $ 50.00 matrimonio en el registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • USD $ 250.00 matrimonio fuera de sede del registro civil (Incluye 2 cédulas de los contrayentes)
    • Tarjeta de identificación de refugio (Original y Copia legible).
    • Censo vigente (Original y Copia legible).
    • La presencia de dos testigos hábiles, quienes deben presentar cédula de ciudadanía o identificación y certificado de votación ( Original y Copia legible).
Nota: Pudiendo a petición de parte haber otros testigos.
    • Si los contrayentes tienen hijos menores de edad en común presentar Partida de Nacimiento.
    • Si tienen hijos menores de edad bajo su patria potestad, deben presentar Curaduria Especial Protocolizada.
    • En caso de no ejercer la patria potestad del menor presentar Declaración Juramentada de no tener la patria potestad, trámite que se realizara en una Notaria.


    #2
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    • Avatar de Invitado
      Anónimo comentó
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      Me divorcie por nulidad...después de que tiempo puedo casarme en la actualidad ...según las leyes ecuatorianas ...gracias

    • Avatar de Invitado
      Anónimo comentó
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      Y en casa de no tener cedula original

    #3
    se puede casar una menor de edad con un mayor de edad y cuales son los requisitos

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    • Avatar de Invitado
      Anónimo comentó
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      Alguien que me infirme una cuidada americana se casa con un primo es ecuatoriano y desean saber cuanto tiempo es para casarse en ecuador si es imediato o deben de esperar que tiempo

    #4
    requisito - esperar hasta que vas a ser de mayor edad

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      #5
      soy madre soltera y me quiero casar por el civil pero ahi no dice que requisitos mi hijo solo tiene mis apellidos, tiene 10 años. y ahi que tramites realizo

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      • Avatar de Invitado
        Anónimo comentó
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        NO REALICES NADA , ESPERA QUE TU HIJO ESTE GRANDE , UN PADRASTRO NO ES BUENO PARA UN HIJO , QUE ES LO MAS HERMOSO QUE UNO SE TIENE ,CUIDADO TE PUEDES ARREPENTIR , DISFRUTA CON TU HIJO AL MAXIMO , HOMRES HAY LO QUE QUIERA HIJOS NO , UN BESO

      • Avatar de Invitado
        Anónimo comentó
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        se debe realizar una curaduria especial

      #6
      Si la sentencia de divorcio salio en el 2008 y no esta marginada en el registro civil no m puedo casar o si

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        #7
        soy soltera y quiero casarme, tengo una hija de otra relación que vive conmigo, tenemos un acuerdo verbal sobre ella.. en este caso necesitaria mismo la curaduria??

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        • Avatar de Invitado
          Anónimo comentó
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          AMIGA SIGUE SOLTERA Y CRIA A TU HIJA SOLA , ES MUCHO MEJOR , DESPUES HY MUCHOS PROBLEMAS TEN CUIDADO

        #8
        Soy mayor de edad y mo novio es menos y cumple la mayoría de edad en septiembre de este año k necesitamos para casarnos

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        • Avatar de Invitado
          Anónimo comentó
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          SIGUE SOLTERA , ES LO MAS HERMOSO , DESPUES TE ARREPENTIRAR Y NO HABRA VUELTA ATRAS

        #9
        para casarse se necesita sacar turno o fecha con anticipacion o el mismo dia se hace todo el tramite y se casa

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          #10
          Quisiera saber, si el día que voy hacer el tramite de separación el día que seria el matrimonio, ese día hay que pagar el valor, o lo puedo pagar después???
          saludos...

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