Tabla de retenciones en la Fuente 2019 (SRI). Porcentajes, códigos y detalles de retenciones en la fuente del impuesto a la renta SRI.
Los pagos que hagan los empleadores a los contribuyentes que trabajan con relación de dependencia, deberán realizar la retención en la fuente correspondiente.
En este caso, el comprobante de retención será entregado dentro del mes de enero de cada año en relación con las rentas del año precedente.
Así mismo, están obligados a declarar y depositar mensualmente los valores retenidos en las entidades legalmente autorizadas para recaudar tributos.
La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en cuenta, lo que suceda primero. A continuación le mostramos el porcentaje que debe retener del impuesto a la renta en la compra de bienes o adquisición de servicios:
Notas:
Los pagos que hagan los empleadores a los contribuyentes que trabajan con relación de dependencia, deberán realizar la retención en la fuente correspondiente.
En este caso, el comprobante de retención será entregado dentro del mes de enero de cada año en relación con las rentas del año precedente.
Así mismo, están obligados a declarar y depositar mensualmente los valores retenidos en las entidades legalmente autorizadas para recaudar tributos.
La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en cuenta, lo que suceda primero. A continuación le mostramos el porcentaje que debe retener del impuesto a la renta en la compra de bienes o adquisición de servicios:
TABLA DE RETENCIONES 2020
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Información proporcionada por el SRI
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Notas:
- Los agentes de retención están obligados a entregar el respectivo comprobante de retención, dentro del término no mayor de cinco días de recibido el comprobante de venta, a las personas a quienes deben efectuar la retención.
- Para las transacciones efectuadas en el exterior se deberá considerar: si existe convenio de doble tributación, sin convenio de doble tributación o a paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes, por esta razón el porcentaje está abierto del 0 al 22% de acuerdo a la naturaleza de la transacción.
- El comprobante de retención deberá ser entregado en un plazo de cinco días hábiles a partir de la emisión del comprobante de venta.
- El monto mínimo para efectuar retenciones es de $50. De realizarse pagos a proveedores permanentes se efectuará la retención sin importar el monto(por permanente entiéndase dos o mas compras en un mismo mes calendario).
- Instituciones de educación superior (legalmente reconocidas por el CONESUP).
- Instituciones sin fines de lucro (legalmente constituidas).
- Instituciones y Empresas del Sector Público, incluido el BID, CAF, CFN, ONU y Bco. Mundial.
- Los obtenidos por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación.
- Los obtenidos por concepto de las décima tercera y décima cuarta remuneraciones.
- Los obtenidos por trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo, en la parte que no exceda lo determinado por el Código Tributario.
- Los pagos con convenio de Débito o Recaudación: se registrara el porcentaje de retención de acuerdo a la naturaleza de la transacción.
- Los pagos por venta de bienes obtenidos de la explotación directa de la agricultura, acuacultura, ganadería, silvicultura, caza y pezca siempre que no se modifique su estado natural.
- Misiones diplomaticas de paises extranjeros.
- No estan sujetos a retención en la fuente del impuesto a la renta:
- Pagos por concepto de reembolso de gastos, compra venta de divisas, transporte público de personas, ni en la compra de inmuebles o de combustibles.
- Formulario (103) de declaración de retenciones en la fuente
- Descargar DIMM Formularios
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