
La liquidación en Ecuador corresponde al dinero que el trabajador recibe cuando este y el empleador dan por terminada la relación laboral. Con este dinero quedan liquidadas todas las obligaciones pendientes.
Tipos de terminación laboral
El Código del Trabajo estipula, técnicamente, los rubros por los que un empleado debe recibir una liquidación. Existen tres maneras por las que se da por terminada una relación de dependencia laboral:
- Renuncia libre y voluntaria
- Desahucio
- Despido intempestivo
Cómo calcular la liquidación
- Al trabajador le corresponde percibir la parte de salario correspondiente, por los días trabajados en el mes del cese
- El proporcional de los décimos (tercero y cuarto)
- Proporcional de vacaciones
- Proporcional de fondos de reserva en el caso que el trabajador lo reciba de forma mensual.
- Si la relación laboral termina por despido intempestivo o desahucio o visto bueno, el trabajador tiene derecho a la indemnización según sea el caso
- Para el cálculo de la liquidación laboral también se consideran los descuentos como el aporte personal al IESS, y préstamos pendientes.
Según cada caso
Renuncia libre y voluntaria
- Décimo tercero (un sueldo más) Se calculan los meses trabajados desde el 1 de diciembre de un año hasta el 31 de noviembre del siguiente. Se suman las remuneraciones de esos meses y se los divide para 12 (número de meses del año).
- Décimo cuarto (un sueldo básico 240 dólares) Se calculan los meses trabajados desde el 1 de septiembre de un año hasta el 31 de agosto del siguiente. Se multiplica el sueldo básico (240 dólares) por el número de meses trabajados durante este lapso y se divide para 12 (número de meses del año).
- Vacaciones: Se toma la última remuneración que haya percibido el empleado y se multiplica por el número de meses trabajado durante el año. Luego se divide este monto para 24 (tomando en cuenta que las vacaciones son de 15 días).
- Cálculo: Se suman estos tres rubros y es lo que empleado debe percibir por liquidación.
Desahucio
- Bonificación: Se toma el 25% del último sueldo del empleado y se suma por el número de años cumplidos en la empresa.
- Cálculo: Se suma el total de la bonificación más los rubros de liquidación (proporcional de décimo tercero, cuarto y vacaciones).
Despido intempestivo
- Indemnización: Si ha trabajado hasta tres años en la empresa: el valor es de tres remuneraciones.
- Si ha trabajado más de tres años: el valor de una remuneración por cada año trabajado hasta 25 meses (la fracción de año se cuenta como año completo para el cálculo).
- Bonificación: Equivale al 25 % de la última remuneración mensual por cada año de servicio.
- Cálculo: Se suma el total de la indemnización, bonificación más los rubros de liquidación (proporcional de décimo tercero, cuarto y vacaciones).
Click aquí para calcular automáticamente la liquidación y generar una acta de finiquito en línea.
Comentar