Impuesto de salida de divisas en Ecuador ¿Cuál es su porcentaje?, ¿Quiénes deben pagarlo?
El porcentaje que debe cancelar quien traslade divisas al extranjero corresponde al 5%; ya sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros, pagos con tarjeta de crédito o cualquier otro método.
¿Quiénes deben pagarlo?
Todas las personas naturales, sucesiones indivisas, y sociedades privadas, nacionales y extranjeras., según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente.
¿Quiénes no deben pagarlo?
Entidades y organismos del Estado, inclusive empresas públicas, o por organismos internacionales y sus funcionados extranjeros debidamente acreditados en el pais, misiones diplomáticas, oficinas consulares, o funcionarios extranjeros de estas entidades, debidamente acreditados en el país
El porcentaje que debe cancelar quien traslade divisas al extranjero corresponde al 5%; ya sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros, pagos con tarjeta de crédito o cualquier otro método.
¿Quiénes deben pagarlo?
Todas las personas naturales, sucesiones indivisas, y sociedades privadas, nacionales y extranjeras., según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente.
¿Quiénes no deben pagarlo?
Entidades y organismos del Estado, inclusive empresas públicas, o por organismos internacionales y sus funcionados extranjeros debidamente acreditados en el pais, misiones diplomáticas, oficinas consulares, o funcionarios extranjeros de estas entidades, debidamente acreditados en el país
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