Poder Legislativo del Ecuador ¿Qué es y cuáles son sus funciones?

Colapsar
X
Colapsar
  •  
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

    Poder Legislativo del Ecuador ¿Qué es y cuáles son sus funciones?



    Conoce que es y cuales son las funciones del Poder Legislativo del Ecuador. Reseña corta y breve del poder legislativo ecuatoriano.
    La función legislativa puede ser considerada en cuanto a su contenido o esencia como el “dictado de normas jurídicas generales”, es decir, normas jurídicas que resultan ser imperativa, de índole general y por lo tanto no están destinadas a un sólo individuo, sino a una pluralidad de individuos. Se debe agregar que en un sentido estricto desde el ámbito jurídico la función legislativa es realizada por el Poder Legislativo.

    En el caso del Ecuador la Asamblea Nacional constituye el órgano que detenta y ejerce el poder legislativo. Se caracteriza por ser un parlamento unicameral, integrada por un total de 137 asambleístas, a la vez distribuidos en 12 comisiones de trabajo permanentes. La sede de este organismo se encuentra en la ciudad de Quito, capital del Ecuador, y radica en el Palacio Legislativo.


    Antecedentes históricos de la Asamblea Nacional del Ecuador

    Es hasta el año 2007 que el poder legislativo en el Ecuador recaía en el entonces Congreso Nacional del Ecuador. Este panorama político cambió totalmente a partir de la propuesta de campaña del candidato a la Presidencia de la República Rafael Correa, en donde se plateó la implementación de una Asamblea Constituyente, a través de la cual se redactaría una nueva Constitución y por ende el Estado adoptaría una nueva estructura de poderes.


    Una vez que fue aprobada la Constitución del 2008, posterior a este proceso constituyente, en el año 2009 tras las elecciones se llegó a instalar el primer periodo legislativo de este órgano, máximo representante del poder legislativo en la estructura orgánica del Estado ecuatoriano. En el año 2013 se instauró el segundo periodo legislativo y resultó trascendente en el ámbito político nacional ya que por vez primera un partido político, en este caso “Alianza País”, adquirió la mayoría de escaños en la Asamblea Nacional, o sea las 3/4 partes de los miembros del órgano legislativo pertenecían a dicho partido.

    Funciones de la Asamblea Nacional como máximo órgano representante del poder legislativo:

    A continuación serán expuestas las principales funciones de la Asamblea Nacional como principal órgano ejecutor del poder legislativo acorde a lo establecido en la Constitución:
    • La función legislativa es ejercida por la Asamblea Nacional, órgano que está integrado por los asambleístas electos para un periodo de 4 años.
    • La Asamblea Nacional tiene la atribución de posicionar al Presidente y Vicepresidente de la República una vez que han sido proclamados electos por el Consejo Nacional Electoral.
    • El órgano legislativo puede declarar la incapacidad física o mental inhabilitante para el ejercicio del cargo de Presidente de la República y con ello resolver el cese de sus funciones acorde a los establecido en la Constitución.
    • El órgano legislativo puede elegir al Vicepresidente, en el caso de ausencia definitiva del Presidente de la República, de una terna propuesta por el propio Presidente.


    Palacio Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República del Ecuador, Ciudad de Quito.
    • El órgano legislativo tiene la obligación de conocer los informes anuales que son presentados por el Presidente de la República, así como emitir el respectivo pronunciamiento.
    • El órgano legislativo tiene la obligación de participar en el proceso de reforma constitucional.
    • Es deber del órgano legislativo participar en el proceso de reforma constitucional.
    • El órgano legislativo en el marco de sus funciones podrá expedir, codificar, reformar y derogar leyes, e interpretarlas con un carácter generalmente obligatorio.
    • Otras de las facultades del órgano legislativo serían la supresión, creación o modificación de los tributos mediante la ley, sin que ello menoscabe las atribuciones dadas a los gobiernos autónomos descentralizados.
    • El órgano legislativo podrá aprobar o no los tratados internacionales en aquellos casos que corresponda.
    • El órgano legislativo deberá posicionar a la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado; Contraloría General del Estado; Fiscalía General del Estado; Defensoría del Pueblo; Defensoría Pública; Superintendencias; así como a los miembros del Consejo Nacional Electoral; del Consejo de la Judicatura y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.



    Poderes del estado ecuatoriano
    • El órgano legislativo tiene el deber de fiscalizar los actos realizados por las funciones ejecutiva, electoral y de transparencia y control social, ademas del resto de organismos que integran los órganos del poder público.
    • Otra facultad del poder legislativo resulta la aprobación del Presupuesto General del Estado, donde deberá constar el límite del endeudamiento público y así como la supervisión de la ejecución de dicho presupuesto.
    • La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a partir de la solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que están asignadas en la Constitución y la ley, de los ministros de Estado, de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado; Contraloría General del Estado; Fiscalía General del Estado; Defensoría del Pueblo; Defensoría Pública General; Superintendencias; así como a los miembros del Consejo Nacional Electoral; del Consejo de la Judicatura y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y el resto de autoridades que la Constitución haya determinado.

    Composición de la Asamblea Nacional órgano representante del poder legislativo:

    Según la Constitución de la República del Ecuador y el Código de la Democracia, la Asamblea Nacional está integrada por 15 asambleístas elegidos en la circunscripción nacional, 2 asambleístas por cada región autónoma, 2 asambleístas por cada provincia y distrito metropolitano, más un asambleísta por cada 200 mil habitantes o fracción, además de 6 asambleístas por la comunidad migrante, para un total de 137 miembros del máximo órgano que ejerce el poder legislativo. La Asamblea Nacional tiene un Consejo de Administración Legislativa (CAL), dirigido a la vez por el parlamento e integrado por un Presidente, dos Vicepresidentes y 4 vocales. Los miembros del CAL son elegidos entre todos los asambleístas cada dos años.

    Periodos Legislativos dentro del funcionamiento de la Asamblea Nacional:

    Acorde a los establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), la Asamblea Nacional llega a ejercer sus respectivas funciones en el marco de los periodos legislativos. Este periodo se identifica con el tiempo para el cual fueron electos los asambleístas y es de cuatro años. Por otra parte, un periodo legislativo equivale a una legislatura. Desde el momento en que la Asamblea Nacional fue instalada, esta ha tenido dos periodos legislativos y un periodo legislativo de transición.

    Comisiones que integran el máximo órgano del poder legislativo:

    Como parte de la estructura y las funciones que desempeña el máximo representante del poder legislativo se destaca la conformación de diferentes Comisiones permanentes, las cuales llegan a ser dispuestas por el CAL. Estas comisiones son:
    • Comisión de Justicia y Estructura del Estado.
    • Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social.
    • Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control.
    • Comisión de Fiscalización y Control Político.
    • Comisión del Desarrollo Económico, Productivo y la Micro-empresa.
    • Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral.
    • Comisión de la Biodiversidad y Recursos Naturales.
    • Comisión de la Soberanía Alimentaria y Desarrollo Agropecuario y Pesquero.
    • Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial.
    • Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
    • Comisión del Derecho a la Salud.
    • Comisión de la Participación Ciudadana y Control Social.
    • Comisión de los Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad.

    Se debe agregar que también pueden ser creadas comisiones ocasionales, ejemplo de ello fue la Comisión Ocasional de Enmienda Constitucional, que le brindó un tratamiento directo a las enmiendas constitucionales aprobadas en el año 2016.

    Temas relacionados
    Fuente: Wikipedia, www.wikipedia.org, Brainly, Monografías, BuenasTareas, Slideshare, Prezi

    #2
    ¡Queremos saber tu opinión!

    Escribe tu comentario sobre el Poder Legislativo del Ecuador y sus funciones ↓↓↓

    Comentar


    Comentarios:


    Para que tu mensaje sea aceptado, sigue las normas de nuestra comunidad:

    1. 1. Todos los mensajes inapropiados serán eliminados automáticamente.
    2. 2. Procura que tus mensajes aporten algo al foro, y se respetuoso con los demás.
    3. 3. Comparte tus conocimientos, y ayuda a otros usuarios.
    4. 4. No olvides demostrar tu buena educación y ortografía :)

    5. Recuerda: Foros Ecuador es una iniciativa particular, sin relación con el Gobierno o cualquier otra institución pública o privada. Por lo tanto no estamos en capacidad de brindar asistencia, soporte o resolver problemas en nombre de terceros. Conoce más sobre nosotros en la sección "Acerca de".

    Contenidos introducidos anteriormente se guardarán automáticamente. Restore o Descartar.
    Guardado Automático
    Embarrassment :o Frown :( Wink ;) Mad :mad: Smile :) Confused :confused: Big Grin :D Stick Out Tongue :p Roll Eyes (Sarcastic) :rolleyes: Cool :cool: EEK! :eek:
    x
    Insertar: Uña del pulgar Pequeño Medio Grande Tamaño natural Eliminar  
    x

    ¡Gracias por participar en Foros Ecuador!

    X