Conozca los pasos a seguir para poder desalojar a arrendatarios que incumplen con sus pagos.
Según la Ley Ecuatoriana “El arrendador podrá dar por terminado el arrendamiento y, por consiguiente, exigir la desocupación y entrega del local arrendado antes de vencido el plazo legal o convencional, solo por una de las siguientes causas:
¿Cómo desalojar a un inquilino indeseable?
Según la Ley Ecuatoriana “El arrendador podrá dar por terminado el arrendamiento y, por consiguiente, exigir la desocupación y entrega del local arrendado antes de vencido el plazo legal o convencional, solo por una de las siguientes causas:
- "Cuando la falta de pago de las dos pensiones locativas mensuales se hubieren mantenido hasta la fecha en que se produjo la citación de la demanda al inquilino (…)”.
- "Peligro de destrucción o ruina del edificio en la parte que comprende el local arrendado y que haga necesaria la reparación”
- “Algazaras o reyertas ocasionadas por el inquilino”.
- “Destino del local arrendado a un objeto ilícito o distinto del convenido”.
- “Daños causados por el inquilino en el edificio, sus instalaciones o dependencias, conforme a lo previsto en el artículo 7 de la ley de inquilinato”.
- “Subarriendo o traspaso de sus derechos, realizados por el inquilino, sin tener autorización escrita para ello”.
- “Ejecución por el inquilino en el local arrendado de obra no autorizada por el arrendador”.
- “Decisión del propietario de ocupar el inmueble arrendado, siempre y cuando justifique legalmente la necesidad de hacerlo, porque es arrendatario y no tiene otro inmueble que ocupar”.
¿Cómo desalojar a un inquilino indeseable?
- Prepare una notificación de desalojo. La notificación de desalojo es una demanda por escrito para que el inquilino abandone el local. Este es un requisito que debe cumplirse antes de iniciar el proceso de desalojo.
- Notifique al inquilino. Este es un procedimiento formal y un paso importante que informa al inquilino que quieres que se vaya.
- Prepare una citación y demanda de desalojo. Si el inquilino no se va después de transcurridos los tres días de la notificación, deberás iniciar el procedimiento judicial.
- El arrendatario debe presentar la demanda en el Juzgado al que pertenezca la vivienda. En ella se deben especificar las pretensiones, aunque no es obligatorio incluir razonamientos jurídicos ni las bases legales.- Dentro de los seis días siguientes, el Juez citará al demandado para la celebración del juicio verbal para el que no será necesario contar con los servicios de un abogado, sino que los interesados podrán defenderse a sí mismos si así lo desean.
- En el juicio, el demandante tiene que explicar los motivos que le han llevado a interponer la demanda y las pruebas que presenta. Posteriormente, el demandado, si lo desea, podrá alegar lo que considere conveniente en su defensa.
- El juez deberá dictar sentencia en el plazo de los 3 días siguientes de la celebración del juicio o en caso necesario cuando se realicen las pruebas que no podrán exceder de doce días.
- Si el juez considera suficiente el motivo presentado por el demandante para deshauciar al inquilino, le comunicará que dispone de un plazo de ocho días para abandonar voluntariamente la vivienda que ocupa y que en caso de no hacerlo, se procederá por la autoridad a echarle de la misma.
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