La patente municipal es un requisito obligatorio que deben cumplir los trabajadores independientes para ejercer la actividad económica y poder obtener el RUC. El requisito está vigente desde el 19 de octubre del 2010 y se lo obtiene a partir de un formulario. Las fechas límites de pago se establecen por el noveno dígito del RUC, y van del 10 al 28 de junio.
El ejercicio impositivo del Impuesto de Patente es anual y comprende el lapso que va del 1o de enero al 31 de diciembre. Cuando la actividad económica se inicie en fecha posterior al 1o de enero, el ejercicio impositivo se cerrará obligatoriamente el 31 de diciembre de cada año.
A efecto de incentivar las actividades productivas en el Distrito Metropolitano de Quito, las personas naturales o jurídicas que iniciaren actividades industriales, comerciales o profesionales dentro de la circunscripción distrital, el primer año de ejercicio de las respectivas actividades, pagará $13, el segundo año de ejercicio y a efecto del cálculo de este impuesto, únicamente se considerará el cincuenta por ciento (50%) de la base imponible real(patrimonio neto), a partir del tercer año de las actividades industriales, comerciales o profesionales, el impuesto a la patente será aplicado de conformidad con la regulaciones establecidas en la Ordenanza No 339.
Pago de la patente municipal por Internet
Requisitos para el pago de Patente Municipal
Personas Naturales obligadas a llevar contabilidad
Personas Naturales
Personas Jurídicas
Exoneraciones
- Artesanos
La exoneración se lo realiza en la ventanilla conjuntamente con la declaración del Impuesto Patente.
- Instituciones sin fines de lucro y de carácter público
El ingreso de las solicitudes se lo realiza en el balcón de servicios.
Preguntas Frecuentes
- ¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto de Patente Municipal?
Las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales financieras, inmobiliarias y profesionales. (COOTAD, Art. 547).
- ¿Los ciudadanos que trabajan bajo relación de dependencia, están obligados a obtener patente municipal?
No se encuentran obligados a obtener patente municipal
- ¿Cuánto tengo que pagar por impuesto a la Patente Municipal?
Los valores por pago correspondiente a Patente Metropolitana están disponibles para su consulta en la página web del Municipio de Quito.
- ¿Cuándo debo pagar el impuesto a la Patente Municipal?
Los pagos por impuesto a la Patente se realizan a partir del mes de enero hasta el 31 de agosto de las persona naturales no obligadas a llevar contabilidad y en el mes de junio a las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y personería jurídicas. Desde el año 2012 los valores de la patente serán declarativos.
- En el caso de una persona natural que tiene varias actividades. ¿Cómo debe pagar la Patente Municipal?
Si una persona natural tiene varias actividades, debe declarar por cada actividad económica que realice. Para esto deberá llenar un formulario por cada actividad económica y se genera la Patente por cada actividad económica.
- ¿Por qué tengo valores pendientes en el pago de mi patente municipal?
Los motivos para tener valores pendientes de pago en su patente pueden ser varios. En este caso le sugerimos acercarse a la Administración Zonal más cercana y solicitar un reporte de los valores que se encuentran pendientes.
- ¿Cómo se establece el cobro de este impuesto?
En función del patrimonio neto con el que opere el sujeto pasivo dentro de la circunscripción territorial del DMQ, se entiende por patrimonio neto la diferencia entre el total del activo y total del pasivo, en base a registros públicos que corresponden al ejercicio inmediatamente anterior. (COOTAD, Art. 548, Ordenanza Metropolitana 339).
- ¿Los profesionales deben pagar el impuesto de patente municipal?
La Ordenanza Metropolitana No. 135 de 17 de diciembre de 2004, en su artículo 35 establece que: “son sujetos pasivos del Impuesto de patente municipal, todas las personas naturales, jurídicas civiles o mercantiles y sociedades de hecho que ejerzan actividades comerciales, industriales, financieras, de servicios, profesionales u otras, dentro del Distrito Metropolitano de Quito.”
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El ejercicio impositivo del Impuesto de Patente es anual y comprende el lapso que va del 1o de enero al 31 de diciembre. Cuando la actividad económica se inicie en fecha posterior al 1o de enero, el ejercicio impositivo se cerrará obligatoriamente el 31 de diciembre de cada año.
A efecto de incentivar las actividades productivas en el Distrito Metropolitano de Quito, las personas naturales o jurídicas que iniciaren actividades industriales, comerciales o profesionales dentro de la circunscripción distrital, el primer año de ejercicio de las respectivas actividades, pagará $13, el segundo año de ejercicio y a efecto del cálculo de este impuesto, únicamente se considerará el cincuenta por ciento (50%) de la base imponible real(patrimonio neto), a partir del tercer año de las actividades industriales, comerciales o profesionales, el impuesto a la patente será aplicado de conformidad con la regulaciones establecidas en la Ordenanza No 339.
Pago de la patente municipal por Internet
- Para obtener una clave click aquí. Existen ciertos datos que son obligatorios, si ud. no tiene alguno de estos datos el sistema no le asignara la clave, es importante que su cuenta de correo sea ingresada de manera correcta, en esta dirección usted recibirá la clave que el sistema le asigne y posteriormente el sistema de patentes usará esta cuenta para enviarle notificaciones de pagos.
- Si ya tiene su clave ingrese aquí con su RUC y contraseña
Requisitos para el pago de Patente Municipal
Personas Naturales obligadas a llevar contabilidad
- Formulario de declaración lleno
- Copia de la cédula y papeleta de votación( blanco y negro )
- Copia de la declaración o declaraciones del impuesto a la renta del año 2011
- Copia del RUC (actualizado hasta de 2 años atrás).
- Clave Catastral o número de predio del domicilio, del comercio, del establecimiento u oficina en donde se realice la actividad económica.
- En caso que realice actividades económicas en más de un cantón, adjuntar balances contables justificando los ingresos obteni- dos en cada cantón.
- Formulario de declaración del 1.5 por mil sobre los Activos Totales.
Personas Naturales
- Formulario de declaración lleno
- Copia de RUC en el caso de poseer (actualizado hasta de 2 años atrás)
- Copia de la cédula y certificado de votación ( blanco y negro )
- Clave Catastral o número de predio del domicilio, del comercio, del establecimiento u oficina en donde se realice la actividad económica.
- Copia del carnet del CONADIS en el caso de que aplique (Personas con capacidades especiales, con el 30% de discapacidad igual o mayor )
- Copia del certificado del SENESCYT ( Servicios Profesionales)
- Copia de Licencia Profesional (Transportistas, taxis, etc.)
Personas Jurídicas
- Formulario de declaración lleno
- Copia de la cédula y papeleta de votación del representante legal.
- Copia del RUC (actualizado hasta de 2 años atrás)
- Clave Catastral o número de predio del domicilio, del comercio, del establecimiento u oficina en donde se realice la actividad económica.
- Copia de la Escritura de Constitución (empresas)
- Resolución de la Superintendencia de Cías. (Empresas de Derecho Anónimas y Ltdas.)
- Sociedad Civil y Comercial adjuntar la escritura con la sentencia del Juez.
- Cuentas en participación, adjuntar escritura de constitución legalizada ante un notario.
- Nombramiento del representante legal.
- Copia de la declaración o declaraciones del impuesto a la renta (2011).
- En caso que realice actividades económicas en más de un cantón, adjuntar balances contables justificando los ingresos obteni- dos en cada cantón.
- Formulario de declaración del 1.5 por mil sobre los Activos Totales.
Exoneraciones
- Artesanos
- Carnet artesanal
- Calificación artesanal
La exoneración se lo realiza en la ventanilla conjuntamente con la declaración del Impuesto Patente.
- Instituciones sin fines de lucro y de carácter público
- Solicitud dirigida al Director solicitando exoneración.
- Documento legal que justifique ser Entidad o Asociación de: Carácter Público / Privado sin fines de Lucro/ De Beneficencia / De Educación / De Actividad Agropecuaria para Exoneración del 1.5 por Mil sobre los Activos Totales (Estatutos de la Entidad y/o Acuerdo Ministerial en caso de Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones).
- Copia de cédula y papeleta de votación (blanco y negro)
- Copia del RUC actualizado (actualizado hasta de 2 años atrás)
- Copia del nombramiento del Representante Legal
- Copia de las declaraciones del impuesto a la Renta de los 3 últimos ejercicios económicos.
El ingreso de las solicitudes se lo realiza en el balcón de servicios.
Preguntas Frecuentes
- ¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto de Patente Municipal?
Las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales financieras, inmobiliarias y profesionales. (COOTAD, Art. 547).
- ¿Los ciudadanos que trabajan bajo relación de dependencia, están obligados a obtener patente municipal?
No se encuentran obligados a obtener patente municipal
- ¿Cuánto tengo que pagar por impuesto a la Patente Municipal?
Los valores por pago correspondiente a Patente Metropolitana están disponibles para su consulta en la página web del Municipio de Quito.
- ¿Cuándo debo pagar el impuesto a la Patente Municipal?
Los pagos por impuesto a la Patente se realizan a partir del mes de enero hasta el 31 de agosto de las persona naturales no obligadas a llevar contabilidad y en el mes de junio a las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y personería jurídicas. Desde el año 2012 los valores de la patente serán declarativos.
- En el caso de una persona natural que tiene varias actividades. ¿Cómo debe pagar la Patente Municipal?
Si una persona natural tiene varias actividades, debe declarar por cada actividad económica que realice. Para esto deberá llenar un formulario por cada actividad económica y se genera la Patente por cada actividad económica.
- ¿Por qué tengo valores pendientes en el pago de mi patente municipal?
Los motivos para tener valores pendientes de pago en su patente pueden ser varios. En este caso le sugerimos acercarse a la Administración Zonal más cercana y solicitar un reporte de los valores que se encuentran pendientes.
- ¿Cómo se establece el cobro de este impuesto?
En función del patrimonio neto con el que opere el sujeto pasivo dentro de la circunscripción territorial del DMQ, se entiende por patrimonio neto la diferencia entre el total del activo y total del pasivo, en base a registros públicos que corresponden al ejercicio inmediatamente anterior. (COOTAD, Art. 548, Ordenanza Metropolitana 339).
- ¿Los profesionales deben pagar el impuesto de patente municipal?
La Ordenanza Metropolitana No. 135 de 17 de diciembre de 2004, en su artículo 35 establece que: “son sujetos pasivos del Impuesto de patente municipal, todas las personas naturales, jurídicas civiles o mercantiles y sociedades de hecho que ejerzan actividades comerciales, industriales, financieras, de servicios, profesionales u otras, dentro del Distrito Metropolitano de Quito.”
Temas relacionados:
- Requisitos para obtener la patente municipal de Quito
- Formulario para sacar la patente municipal
- Imprimir comprobante de pago de patente
- Consultar valor a pagar por patente municipal de Quito
- Declaración de patente municipal en línea
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