A continuación la nueva tabla de impuesto a la renta 2020 del SRI. Conozca la Tabla de Impuesto a la Renta.
El SRI mediante resolución NAC-DGERCGC17-00623 publicada en el suplemento del Registro Oficial del 28 de diciembre, definió los nuevos valores para el Impuesto ala Renta vigente para este año.
Esta modificación, se fija según la variación anual del índice de precios al consumidor realizado por el INEC, y sirve para la liquidación de este tributo por personas naturales y sucesiones indivisas correspondiente al ejercicio económico 2020.
Para liquidar el Impuesto a la Renta en el caso de las personas naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicará la siguiente tabla:
Esta tabla servirá para el cálculo y pago del Impuesto a la Renta del período fiscal 2020 (que se declarará en el año 2021) y fue actualizada de acuerdo a la variación anual del índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre de cada año.
La tabla para el cálculo y pago del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones es la siguiente:
Cabe recalcar que la tabla de impuesto a la renta deberá ser considerada por los empleadores, al calcular la base imponible para liquidar las retenciones del Impuesto a la Renta a ser efectuadas a partir del ejercicio 2020.
Adicionalmente, la fracción básica gravada con tarifa 0% de Impuesto a la Renta (para el 2020, US$ 11,310.00), es la referente para el cálculo del máximo de gastos personales que podrán ser deducidos por los individuos para calcular su base imponible, es decir que los gastos deducidos por concepto de alimentación, salud, vivienda, vestimenta y educación, no podrán superar en total los US$ 14,360.00.
Conforme a la normativa vigente, los trabajadores en relación de dependencia tienen la obligación de presentar a su empleador, hasta el 31 de enero de cada año, el formulario de gastos personales a fin de que se proceda a practicar las retenciones mensuales de Impuesto a la Renta (IR) proyectado, correspondiente al ejercicio fiscal 2019, de acuerdo los limites citados anteriormente.
Pasos para realizar la declaración
¿Qué es el impuesto ala renta?
Es la obligación tributaria que se debe cancelar sobre los ingresos o rentas totales, gratuitos, o no, percibidos durante un año, descontando los costos y gastos incurridos para obtener dichas rentas.
¿Quiénes deben pagar el impuesto a la renta?
¿Cómo calculo el impuesto a la renta?
Obtenga la base imponible y aplique la tarifa correspondiente.
¿Cuál es la base imponible?
Las rentas gravadas generadas en un año, menos los costos y gastos, denominados deducibles.
¿Qué tarifa se aplica para el pago del impuesto a la renta?
Desde el 1 de febrero hasta marzo para personas naturales y sucesiones indivisas y hasta abril para sociedades, según el noveno dígito del RUC.
¿Qué retenciones se aplican al impuesto a la renta?
En línea por Internet si elaboró su declaración en el programa DIMM formularios
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El SRI mediante resolución NAC-DGERCGC17-00623 publicada en el suplemento del Registro Oficial del 28 de diciembre, definió los nuevos valores para el Impuesto ala Renta vigente para este año.
Esta modificación, se fija según la variación anual del índice de precios al consumidor realizado por el INEC, y sirve para la liquidación de este tributo por personas naturales y sucesiones indivisas correspondiente al ejercicio económico 2020.

Para liquidar el Impuesto a la Renta en el caso de las personas naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicará la siguiente tabla:

Esta tabla servirá para el cálculo y pago del Impuesto a la Renta del período fiscal 2020 (que se declarará en el año 2021) y fue actualizada de acuerdo a la variación anual del índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre de cada año.
La tabla para el cálculo y pago del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones es la siguiente:

Cabe recalcar que la tabla de impuesto a la renta deberá ser considerada por los empleadores, al calcular la base imponible para liquidar las retenciones del Impuesto a la Renta a ser efectuadas a partir del ejercicio 2020.
Adicionalmente, la fracción básica gravada con tarifa 0% de Impuesto a la Renta (para el 2020, US$ 11,310.00), es la referente para el cálculo del máximo de gastos personales que podrán ser deducidos por los individuos para calcular su base imponible, es decir que los gastos deducidos por concepto de alimentación, salud, vivienda, vestimenta y educación, no podrán superar en total los US$ 14,360.00.
Conforme a la normativa vigente, los trabajadores en relación de dependencia tienen la obligación de presentar a su empleador, hasta el 31 de enero de cada año, el formulario de gastos personales a fin de que se proceda a practicar las retenciones mensuales de Impuesto a la Renta (IR) proyectado, correspondiente al ejercicio fiscal 2019, de acuerdo los limites citados anteriormente.
Pasos para realizar la declaración
¿Qué es el impuesto ala renta?
Es la obligación tributaria que se debe cancelar sobre los ingresos o rentas totales, gratuitos, o no, percibidos durante un año, descontando los costos y gastos incurridos para obtener dichas rentas.
¿Quiénes deben pagar el impuesto a la renta?
- Personas naturales
- Sucesiones indivisas
- Sociedades
¿Cómo calculo el impuesto a la renta?
Obtenga la base imponible y aplique la tarifa correspondiente.
¿Cuál es la base imponible?
Las rentas gravadas generadas en un año, menos los costos y gastos, denominados deducibles.
¿Qué tarifa se aplica para el pago del impuesto a la renta?
- Sociedades: 25%
- Personas Naturales y sucesiones indivisas: conforme al nivel de ingresos.
- Quienes no superen el rango mínimo de ingresos no deberán declarar este impuesto.
Desde el 1 de febrero hasta marzo para personas naturales y sucesiones indivisas y hasta abril para sociedades, según el noveno dígito del RUC.
¿Qué retenciones se aplican al impuesto a la renta?
- En relación de dependencia el empleador retiene el 100% del impuesto causado. Sólo si su empleado supera el ingreso mínimo gravado.
- Por ingresos de la propia actividad del 1% al 10% de la renta o ingreso.
- Personas Naturales y sucesiones indivisas: formulario 102
- Sociedades: formulario 101.
En línea por Internet si elaboró su declaración en el programa DIMM formularios
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