Le mostramos como llenar el formulario de gastos personales del SRI paso a paso.
Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales sin iva ni ice así como los de su cónyuge, conviviente, e hijos menores de edad, o con discapacidad, que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.
Paso a Paso
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Fuente: SRI, UTC
Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales sin iva ni ice así como los de su cónyuge, conviviente, e hijos menores de edad, o con discapacidad, que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.
Paso a Paso
- Descargar el formulario de proyección de gastos personales, llenarlo y entregar por duplicado en el Departamento Financiero, en los meses de enero y octubre de cada ejercicio económico.
- En el casillero 103, REGISTRAR el total de los ingresos (del rol de pagos) y multiplicar por 12 (meses). En éste valor, no deberá considerarse los valores del IESS. Es decir que irá el valor que resulte de la diferencia entre el total anual menos el total pagado al IESS anual.
- Las deducciones que presente, no podrán superar el 50% del valor registrado en el casillero 105.
- En el casilero 106 REGISTRAR, una de las siguientes opciones:
- Si vive en casa arrendada el canon de arrendamiento multiplicado por 12. (no se olvide que deberá recopilar las facturas)
- Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción, de una única vivienda.
- Impuestos prediales de un único bien inmueble en el cual habita y que sea de su propiedad
- En el casillero 107 REGISTRAR, los valores por:
- Matrícula y pensión en todos los niveles del sistema educativo, inicial, educación general básica, bachillerato y superior, multiplicado por el número de veces que paga al año.
- Útiles y textos escolares.
- Servicios de educación especial para personas discapacitadas.
- Servicios prestados por centros de cuidado infantil
- Uniformes.
- En el caso de educación superior podrá deducirse Ud., cónyuge, hijos menores de edad que dependan del contribuyente y no trabajen. No se olvide de pedir la factura en los establecimientos indicados
- En el casillero 108 REGISTRAR, los valores por:
- Honorarios de médicos y profesionales de la salud con título profesional.
- Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios clínicos y farmacias.
- Medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis.
- Medicina prepagada y prima de seguro médico en contratos individuales y corporativos
- En el casillero 109, REGISTRAR, valores por:
- Vestuario, zapatos y prendas, siempre que se sustenten con factura, a excepción de maquillaje y bisutería
- En el casillero 110, REGISTRAR, valores por:
- Compras de alimentos para consumo humano.
- Pensiones alimenticias.
- Compra de alimentos en Centros de expendio de alimentos preparados.
- Recuerde que las facturas de los supermercados son válidas pero saque copia y consérvelas, ya que con el paso del tiempo tienden a borrarse.
- En el casillero 111 CONSIGNE, la sumatoria de los casilleros 106, 107, 108, 109 y 110.
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