Descargue el Reglamento general a la Ley Orgánica de Comunicación expedido por el Presidente Eco. Rafael Correa, que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
El reglamento tiene 89 artículos, cuatro disposiciones transitorias y una final entre las que dispone que, en el plazo de 30 días, el Consejo de Comunicación elabore el reglamento para la medición de sintonía de los canales de televisión. Este reglamento servirá para normar “la aplicación de los derechos y obligaciones establecidos en la Ley Orgánica de Comunicación, así como el ejercicio de las atribuciones y el cumplimiento de las responsabilidades de las autoridades e instituciones que realizan rectoría, regulación, gestión y control administrativos en el marco de dicha ley.
RAFAEL CORREA DELGADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 384 de la Constitución de la República, establece que el sistema de comunicación social debe asegurar el ejercicio de los derechos a la comunicación, la información y la libertad de expresión y fortalecer la participación ciudadana; Que es necesario crear los mecanismos legislativos idóneos para el pleno y eficaz ejercicio del derecho a la comunicación de todas las personas, en famas individual o colectiva;
Que es indispensable adecuar un régimen de legislación especializado que procure el ejercicio de los derechos de una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa, participativa, en todos los ámbitos dala interacción rodal, por cualquier medio y foscos, en su propia lengua y con sus propios simbolos; Que en concordancia con las normas programáticas sobre el sistema de comunicación social, contenidas arlo Constitución de la República, y en estricto cumplimiento de la decisión del soberano expresada en la consulta popular del 7 de mayo de 2011, sobre la regulación de Inc medios de comunicación social, en el Tercer Suplemento del Regjstro Oficial No. 22 de 25 de junio de 2013, se publica la Ley Orgánica de Comunicación; Que es menester expedir una reglamentación que defina los criterios para la aplicación de derechos, competencias, obligaciones y deberes de las autoridades, instituciones y demás actores regulados poeta antedicha Ley; y, En ejercicio de las facultades previstas en el numeral 13 del articulo 147 de la Constitución de la República......
El reglamento tiene 89 artículos, cuatro disposiciones transitorias y una final entre las que dispone que, en el plazo de 30 días, el Consejo de Comunicación elabore el reglamento para la medición de sintonía de los canales de televisión. Este reglamento servirá para normar “la aplicación de los derechos y obligaciones establecidos en la Ley Orgánica de Comunicación, así como el ejercicio de las atribuciones y el cumplimiento de las responsabilidades de las autoridades e instituciones que realizan rectoría, regulación, gestión y control administrativos en el marco de dicha ley.
RAFAEL CORREA DELGADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 384 de la Constitución de la República, establece que el sistema de comunicación social debe asegurar el ejercicio de los derechos a la comunicación, la información y la libertad de expresión y fortalecer la participación ciudadana; Que es necesario crear los mecanismos legislativos idóneos para el pleno y eficaz ejercicio del derecho a la comunicación de todas las personas, en famas individual o colectiva;
Que es indispensable adecuar un régimen de legislación especializado que procure el ejercicio de los derechos de una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa, participativa, en todos los ámbitos dala interacción rodal, por cualquier medio y foscos, en su propia lengua y con sus propios simbolos; Que en concordancia con las normas programáticas sobre el sistema de comunicación social, contenidas arlo Constitución de la República, y en estricto cumplimiento de la decisión del soberano expresada en la consulta popular del 7 de mayo de 2011, sobre la regulación de Inc medios de comunicación social, en el Tercer Suplemento del Regjstro Oficial No. 22 de 25 de junio de 2013, se publica la Ley Orgánica de Comunicación; Que es menester expedir una reglamentación que defina los criterios para la aplicación de derechos, competencias, obligaciones y deberes de las autoridades, instituciones y demás actores regulados poeta antedicha Ley; y, En ejercicio de las facultades previstas en el numeral 13 del articulo 147 de la Constitución de la República......
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