
Decreto No. 1051
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 242 de 29 de diciembre del 2007, se publicó la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, la que entre otras reformó la Ley de Régimen Tributario Interno.
Que, la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador en su disposición transitoria décima cuarta dispone que el Presidente de la República dicte los reglamentos necesarios para la aplicación de las reformas que introdujo en la legislación ecuatoriana.
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 5 del artículo 171 de la Constitución Política de la República,
Decreta:
El siguiente REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
TITULO I
DEL IMPUESTO A LA RENTA
CAPITULO I
NORMAS GENERALES
Art. 1.- Cuantificación de los ingresos.- Para efectos de la aplicación de la ley, los ingresos obtenidos a título gratuito o a título oneroso, tanto de fuente ecuatoriana como los obtenidos en el exterior por personas naturales residentes en el país o por sociedades, se registrarán por el precio del bien transferido o del servicio prestado o por el valor bruto de los ingresos generados por rendimientos financieros o inversiones en sociedades. En el caso de ingresos en especie o servicios, su valor se determinará sobre la base del valor de mercado del bien o del servicio recibido....
Reglamento para la aplicación de la Ley Organica de Regimen Tributario Interno
Para descargar el documento completo del Reglamento para la aplicación de la Ley Organica de Regimen Tributario Interno de Ecuador actualizado y vigente al 2013, en formato pdf (compatible con Adobe Reader) click aquí
Comentar