Lista de requerimientos necesarios para entrar a trabajar en Ministerios, Municipios y otras instituciones del sector público ecuatoriano.
El Ecuador presenta un problema estructural de desempleo en la actualidad. Es evidente que el patrón ocupacional de puestos de trabajo vacantes no coincide con el patrón de disponibilidad de los trabajadores, por lo que es difícil que las personas cesantes encuentren una ocupación. Aquí, las políticas del sector público para atender este problema deben orientarse en corto, mediano y largo plazo.
Existen algunas formulaciones de política pública dirigidas a promover el empleo, en especial que parten desde los Ministerios de Trabajo, Vivienda, Educación, Salud, Comunicaciones, Bienestar Social y el sector administrativo.
Requisitos:
Para registrar un nombramiento o contrato en el sector público ecuatoriano, deberá cumplir con los siguientes requisitos previos contemplados en la Ley Orgánica del Servidor Público LOSEP:
Tomar en cuenta:
Recordemos que desde 2015 estos documentos son requisito indispensable para ingresar a desempeñar un cargo en el sector público con nombramiento permanente, provisional o de período fijo, de libre nombramiento o remoción, o bajo la modalidad de contratos de servicios ocasionales.
La autoridad nominadora o su delegado no podrán nombrar, designar, celebrar contratos de servicios ocasionales o contratos bajo cualquier modalidad y/o posesionar, dentro de la misma institución, a las personas determinadas en dichas disposiciones legales, caso contrario, podrá ser sujeto de las sanciones y el establecimiento de las responsabilidades previstas en las mismas.
El Ecuador presenta un problema estructural de desempleo en la actualidad. Es evidente que el patrón ocupacional de puestos de trabajo vacantes no coincide con el patrón de disponibilidad de los trabajadores, por lo que es difícil que las personas cesantes encuentren una ocupación. Aquí, las políticas del sector público para atender este problema deben orientarse en corto, mediano y largo plazo.
Existen algunas formulaciones de política pública dirigidas a promover el empleo, en especial que parten desde los Ministerios de Trabajo, Vivienda, Educación, Salud, Comunicaciones, Bienestar Social y el sector administrativo.

Para registrar un nombramiento o contrato en el sector público ecuatoriano, deberá cumplir con los siguientes requisitos previos contemplados en la Ley Orgánica del Servidor Público LOSEP:
- Certificado de no tener impedimento legal para ejercer cargo público.
- Certificado del último año de estudios de bachillerato, tercer nivel.
- Copia simple de la libreta o impresión de la cuenta de institución bancaria de la persona que ingrese al sector público, para la acreditación de haberes.
- Copia simple del carné emitido por el Consejo Nacional de Discapacidades o por el Ministerio de Salud Pública, para las personas con discapacidad.
- Copias simples de los certificados de eventos de capacitación de los últimos cinco años (cursos, talleres, seminarios y otros).
- Copias simples de los certificados de experiencia laboral bajo relación de dependencia y/o prestación de servicios profesionales.
- Declaración patrimonial juramentada presentada en la Contraloría General del Estado.
- Formulario 107 del último empleador, sea público o privado, cuando la persona haya tenido relación de dependencia.
- Formularios de Proyección de Gastos Personales, siempre que sus ingresos superen la base imponible (voluntario).
- Fotografía actualizada en formato digital.
- Hoja de vida ingresada y actualizada en la Red Socio Empleo.
- Impresión del historial laboral (detalle de aportes) del Sistema de Afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que demuestre la experiencia laboral bajo relación de dependencia.
- según corresponda (sólo para quienes se encuentren cursando estudios y no dispongan de título).
- Solicitud de acumulación de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones (voluntario).
- Solicitud de continuidad de los fondos de reserva, en el caso de que el último empleo haya sido en una institución pública (voluntario).
Tomar en cuenta:
Recordemos que desde 2015 estos documentos son requisito indispensable para ingresar a desempeñar un cargo en el sector público con nombramiento permanente, provisional o de período fijo, de libre nombramiento o remoción, o bajo la modalidad de contratos de servicios ocasionales.
La autoridad nominadora o su delegado no podrán nombrar, designar, celebrar contratos de servicios ocasionales o contratos bajo cualquier modalidad y/o posesionar, dentro de la misma institución, a las personas determinadas en dichas disposiciones legales, caso contrario, podrá ser sujeto de las sanciones y el establecimiento de las responsabilidades previstas en las mismas.
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